La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó el Decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por el que se declara reformado el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa, que entrará en vigor a partir de este sábado 13 de abril.
De esta forma se incorporan nueve delitos al catálogo de conductas ilícitas graves que ameritan cárcel inconmutable: abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción, robo a transporte de carga, robo de hidrocarburos, desaparición forzada, y portación de arma de fuego de uso exclusivo de las fuerzas armadas.
El artículo cuarto transitorio del Decreto establece que la prisión preventiva oficiosa, deberá evaluarse para determinar su continuidad, a partir de los cinco años cumplidos de su aplicación.
"Se deberá evaluar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de esta medida cautelar, y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas, tomando en cuenta a los poderes judiciales respectivos, así como a las fiscalías o procuradurías correspondientes, y organismos de protección de los derechos humanos", señala.
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