Detalla Sedema sanción a desarrolladores del proyecto Mítikah por tala de árboles

Tala de árboles
Sección: 
Medio Ambiente

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), informó sobre el desglose de la sanción que se interpuso a los desarrolladores de la Torre Mítikah, luego de que los días 3 y 4 de mayo derribaron árboles sin contar con los permisos correspondientes.
 
El pasado 6 de mayo, la Sedema dio a conocer que los desarrolladores del proyecto Mítikah talaron 54 árboles de un camellón localizado en la calle Real de Mayorazgo, sin contar autorización. Sin embargo, la revisión final arrojó que los responsables del proyecto derribaron un total de 80 árboles: 24 al interior del domicilio Universidad número 1200, y 56 al exterior.
 
Entre los 80 árboles derribados, 36 fueron de la especie Fraxinus uhdei(Fresno), 16 de Ligustrum lucidum(Trueno), 10 de Liquidambar styraciflua L. (Liquidámbar), cinco Schinus terebinthifolius Raddi (Pirul de Brasil), tres de Ficus benjamina L (Laurel Benjamina), tres de Phoenix canariensis(Palma Canaria), uno de Yucca elephantipes (Yuca) y seis de Muerto.
 
Además del derribo de 80 árboles, la empresa que encabeza el proyecto de la Torre Mítikah provocó afectaciones a otros 21 árboles por transplantes sin autorización o que no fueron ejecutados correctamente. Entre estos árboles dañados hay: dos Fraxinus uhdei (Fresno), cinco Ligustrum lucidum(Trueno), ocho Ficus benjamina L (Laurel Benjamina), cuatro de Phoenix canariensis (Palma Canaria), uno de Eriobotrya japónica (Nispero) y uno Prunus pérsica (Durazno).
 
Por la afectación de este arbolado la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental determinó una sanción de $29’662,326.75 (veintinueve millones seiscientos sesenta y dos mil trescientos veintiséis pesos 75/100 M.N.).
 
Mientras que por el daño ambiental provocado por la afectación permanente de área verde al interior del domicilio Universidad número 1200, se determinó una sanción de $2’722,210.75 (dos millones setecientos veintidós mil doscientos diez pesos 75/100 M.N.).
 
Además, por no haber acreditado el cumplimiento de las condicionantes 1.2, 1.3 y 5.0 de la Resolución Administrativa, y al no haber demostrado el impedimento para cumplir con las condicionantes antes mencionadas, la DGEIRA determinó una multa de $8’449,000.00 (ocho millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.).
 
Todo esto da un monto total de $40’833,537.50 (cuarenta millones ochocientos treinta y tres mil quinientos treinta y siete pesos 50/100 M.N.). El pasado 31 de mayo, la Sedema notificó a la empresa FUNO sobre esta sanción.
 
A través de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental, Sedema mantiene mesas de trabajo con los vecinos y una vez que se acuerden los temas y metodologías con ellos, se harán reuniones con desarrolladores.
 

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