Por Ernesto Méndez
ernesto.mendez@gimm.com.mx
Una multa de cuatro millones 30 mil pesos impuso la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), equivalentes a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, a los responsables de la fiesta privada en la Isla Salmedina del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, denunciada a través de redes sociales.
El pasado 25 de agosto, particulares realizaron un evento social en el cayo arrecifal del área natural protegida, donde organizaron una reunión con baile, justo encima de los nidos de tortugas marinas, sin contar con la autorización correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Después del escándalo que se desató en Twitter y Facebook, los inspectores federales realizaron la verificación del sitio el domingo 26 de agosto, y traslevantar el acta administrativa correspondiente, dieron paso a una investigación para identificar a los organizadores de la fiesta.
"La Profepa pudo constatar que, si bien no pereció ningún ejemplar de tortuga marina, si hubo una indebida manipulación de los animales que hubiera podido generar un grave daño al ambiente, en contravención de lo establecido en la norma oficial mexicana NOM-162-SEMARNAT-2012, la cual establece las especificaciones para la protección, recuperación y manejo de las poblaciones de las tortugas marinas en su hábitat de anidación", manifestó.
En un comunicado de prensa, la autoridad ambiental recordó que se observaron residuos de pirotécnia en el sitio, lo que pudo ocasionar un incendio, además del impacto que generaron el humo y los ruidos de las explosiones.
"Finalmente se encontró presencia de basura inorgánica como cubiertos de plástico, popotes, colillas de cigarros y vasos de plástico", agregó.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente subrayó que por tales motivos y tras emplazar a los presuntos responsables, de quien no reveló las identidades, se determinó imponer las sanciones previstas en los términos del artículo 171 Fracción I y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
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